Impuesto al Valor Agregado (IVA) - Tercera Parte
La Razonabilidad en materia contable
La relación entre la necesidad de adquisición y la generación de valor agregado en la conceptualización de la vinculación para efectos del IVA, se explica por la razonabilidad en la contabilidad cuando queremos aproximarnos razonablemente a los sucesos económicos debido a que no son medibles con entera precisión, y que la aplicación correcta de los principios contables asegura la razonabilidad de los estados financieros. En la norma de auditoría, la razonabilidad se refiere a la facultad de un auditor independiente para expresar una opinión sobre la razonabilidad con la que los estados financieros presentan la situación patrimonial y financiera, el resultado de las operaciones y los cambios en la situación financiera. La razonabilidad se considera un criterio técnico de validez de los hechos económicos reflejados en los estados financieros.
La problemática de la vinculación en el crédito fiscal del IVA y su posible solución a través del criterio de razonabilidad. La Administración Tributaria busca exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias materiales, mientras que el Sujeto Pasivo pretende el derecho al cómputo del crédito fiscal obtenido en las compras de bienes y servicios. El criterio de razonabilidad se define como lo socialmente aceptable y se constituye como un principio general del derecho que permite analizar si las soluciones a los conflictos de relevancia jurídica son o no razonables. El principio de proporcionalidad, por su parte, se convierte en una herramienta para explicar el contenido esencial de los derechos fundamentales frente a una norma que los reglamenta o restrinja y se logra constituir en un criterio para la fundamentación de las decisiones judiciales. Ambos criterios son utilizados para evitar que la arbitrariedad en la pugna de derechos de las partes afectadas se traduzca en un tratamiento impositivo no equitativo.
El principio de razonabilidad es un criterio que permite llegar a una solución justa en el derecho y se relaciona con la proporcionalidad y la adecuación entre los hechos antecedentes y consecuentes de una norma. El principio de razonabilidad se aplica en el derecho administrativo y procesal, donde se refiere a la adaptación de las decisiones de la autoridad dentro de los límites de la facultad atribuida y la elección de los medios más adecuados y menos perjudiciales para alcanzar el fin perseguido. En el ámbito tributario, se considera una garantía constitucional de la tributación y se utiliza para determinar la adecuación entre el hecho antecedente y la prestación o sanción. Además, se distinguen dos especies de razonabilidad: la de ponderación y la de selección. En resumen, el principio de razonabilidad es esencial en la resolución de conflictos de derechos y permite encontrar una solución justa y adecuada en cada caso.
La inclusión del principio de razonabilidad en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (CPE), aunque no lo menciona explícitamente, se puede inferir que recoge implícitamente los principios de Debido Proceso y Proporcionalidad. El autor también argumenta que la proporcionalidad es un principio general de la actividad administrativa y sancionadora, y se aplica en el derecho tributario como un derecho del Sujeto Pasivo. Aunque la CPE se refiere ampliamente a la protección de los derechos, valores y principios consagrados en la Constitución, no se establece una definición clara del principio de razonabilidad. A pesar de esto, los principios generales del derecho, que incluyen la razonabilidad, pueden utilizarse de manera supletoria para cubrir algunas en la legislación tributaria y otras áreas del derecho.
La razonabilidad y proporcionalidad como principios del Derecho
Aunque la razonabilidad y la proporcionalidad tienen objetivos similares en evitar la arbitrariedad, no son lo mismo. La razonabilidad incluye la proporcionalidad, pero no es necesaria para determinar si una acción estatal es la más adecuada para alcanzar un objetivo determinado. Ambos principios son importantes en el derecho y se utilizan para controlar la juridicidad de las normas y actos de la administración pública, pero incluso el principio de proporcionalidad puede violar los derechos de los sujetos pasivos si se afecta el contenido esencial de un derecho. En general, se busca encontrar un consenso y utilizar la razonabilidad como criterio válido para resolver conflictos de derechos entre la Administración Tributaria y los sujetos pasivos en relación al crédito fiscal IVA y proteger los derechos de estos últimos.
La razonabilidad como criterio de vinculación del crédito fiscal en el IVA
El principio de razonabilidad es una idea que se utiliza en diferentes áreas del derecho y en la administración pública para determinar si una decisión o acción es justa y adecuada en relación a los objetivos que se quieren lograr. En términos más sencillos, significa que las decisiones deben ser tomadas de manera lógica y coherente, teniendo en cuenta los objetivos que se quieren alcanzar y los medios disponibles para hacerlo. En resumen, el principio de razonabilidad busca asegurar que las decisiones tomadas sean justas y razonables.
El principio de razonabilidad en la Constitución Política del Estado, normas tributaria y administrativa
A continuación, se presenta una tabla con los principales puntos que se discuten en el texto:
Resumen de Articulos relacionados
Artículo/Norma
Principio
Ámbito
Artículo 115 (Parágrafo II) de la CPE
Debido Proceso
Orden Jurídico Constitucional
Artículo 117 (Parágrafo I) de la CPE
Debido Proceso
Orden Jurídico Constitucional
Artículo 68 (Numeral 6) de la Ley N° 2492 (CTB)
Debido Proceso
Derecho Tributario
Artículo 323 (Parágrafo I) de la CPE
Proporcionalidad
Política Fiscal
Artículo 4, Inciso p) de la Ley N° 2341
Proporcionalidad
Procedimiento Administrativo



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